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22 de Enero de 2001

Acuerdo con Estados Unidos disminuirá evasión fiscal
Defensores del pacto para Evitar la Doble Tributación con EE UU aseguran que es más beneficioso que otros similares firmados con naciones industrializadas. Además, contempla que las empresas estadounidenses con menos de un año en el país cancelen el impuesto sobre la renta
EDUARDO CAMEL ANDERSON

Ya son varias las consignas que se han levantado en contra del Tratado que Evita la Doble Tributación con Estados Unidos, con el argumento de que su contenido va en contra el articulado de la Constitución de Venezuela.
No obstante, los defensores del acuerdo no dudan en afirmar que el suscrito con Estados Unidos tiene ventajas adicionales con respecto a otros similares suscritos por el país.
En este marco, José Rafael Bermúdez, miembro del escritorio D'Empaire Reyna Bermúdez y Asociados (que asiste legalmente al Consejo Nacional de Promoción de Inversiones en la defensa contra la demanda de nulidad que se ha introducido en el Tribunal Supremo contra el tratado con EE UU), toma la palabra.
Las ventajas más tangibles del tratado -asegura- resultan obvias a estas alturas: elimina la doble tributación, previene la tributación discriminatoria y establece la cooperación entre las dos administraciones para combatir la evasión de impuestos.
"También brinda a potenciales inversionistas, en cada país signatario, la certeza de cuáles serán las tasas y reglas impositivas aplicables a sus actividades económicas y es precisamente esa certeza la que hace más atractivas las inversiones, el financiamiento, el comercio y la transferencia de tecnología entre Estados Unidos y Venezuela, y viceversa", recalcó Bermúdez, quien comandó el equipo negociador del tratado, por la parte venezolana, durante las negociaciones de 1998.
En la mayoría de los tratados vigentes con otras naciones se señala que la empresa extranjera que no tenga establecimiento permanente en Venezuela puede traer equipos y darlos en arrendamiento, sin pagar impuesto sobre la renta en el país.
Pero en el caso del tratado con Estados Unidos -explicó Bermúdez- se permite que en Venezuela se retenga un impuesto sobre la renta de 5% sobre el monto bruto de los arrendamientos pagados en el exterior.
Asimismo, se determina que tendrán establecimiento permanente en Venezuela -y por ello pagarán el impuesto sobre la renta venezolano- aquellas empresas estadounidenses cuyos trabajos de construcción, instalación, perforación o pozos exploratorios continúen por uno o varios períodos, los cuales lleguen a totalizar seis meses.
"En contraste, los suscritos con la mayoría de los países industrializados (Francia, Inglaterra, Holanda, Alemania, Italia y Suiza, por ejemplo) permiten que la empresa extranjera se radique en Venezuela hasta por un plazo inferior a 12 meses, sin que paguen impuesto sobre la renta a la administración tributaria venezolana".
Adicionalmente, en el tratado suscrito con EE UU se incluyó una norma que busca proteger a las empresas de servicios de los países con menor desarrollo. Se establece que cualquier empresa estadounidense de servicios (incluyendo las de consultoría) debe cancelar el impuesto sobre la renta venezolano aunque no tenga oficina o sede fija de negocios, "por el solo hecho de que sus empleados u otro personal que contraten permanezcan más de 183 días en el país, en un año".
De esta manera, estas empresas de servicios pagarán impuestos "aunque trabajen en cuartos de hotel o en las sedes de sus clientes venezolanos".
En concepto del abogado, este convenio puede ser visto como un "sello de calidad" para potenciales inversionistas en Venezuela, porque reduce el riesgo para individuos y compañías que quieran hacer negocios en el país, en lo que se refiere al pago de tributos de acuerdo con su actividad económica.
Además de México, Venezuela es el único país latinoamericano que ha suscrito un acuerdo de estas características con Estados Unidos.
EL NACIONAL - LUNES 22 DE ENERO DE 2001

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